- Llevará el proceso en libertad condicionada.
- En la misma circunstancia penal está el representante legal de la empresa que fue el medio para obtener el dinero del erario público.
- El Juez reclasificó el delito.
El Juez de Control Octavio Rodríguez Gaytán dictó Auto de Vinculación a Proceso en contra del ex diputado local Fernando R. R. e Iván Eli S.J., por el delito de Tráfico de Influencias en perjuicio del erario público de Gobierno del Estado.
El Agente del Ministerio Público argumentó que los imputados participaron en la simulación de un contrato de prestación de servicios a la administración estatal que encabezaba César Duarte Jaquez para obtener la cantidad de dos millones 420 mil pesos que se pagaron en cinco emisiones bajo la cuenta 655001568637 de Santander.
Para lo cual, Fernando Mariano R.R., contactó a Iván Eli S. J., quien como proveedor del servicio aportó los documentos para la realización simulada.
De la misma manera trascendió que el ex secretario de Hacienda Jaime Herrera aprobó dicha suficiencia presupuestal el 05 de enero del 2015, y que el contrato se realizó entre el Gobierno del Estado de Chihuahua a través de la Secretaria de Hacienda y la Secretaría General de Gobierno.
El contrato de servicio incluía lo siguiente:
- Análisis de situación de municipios con una investigación y documentación con duración de 50 horas por 580 mil pesos.
- Análisis presupuestal que consistiría en la revisión del ciclo presupuestario con duración de 100 horas 606 mil pesos.
- Análisis de la situación financiera del Gobierno Federal, que incluía una revisión de documentación referente al presupuesto y necesidades actuales de los municipios, con duración de 40 horas por 350 mil 207 pesos.
- Prospectiva de programas federales y su aplicabilidad que consistiría en revisar la alineación de programas federales con municipios, con una duración de 80 horas por 550 mil pesos.
Fernando R. R. e Iván Eli S.J. se encuentran en libertad condicionada previo al pago de una fianza, y de ser encontrados culpables por el delito que se les imputó, podrían alcanzar una pena hasta de tres y dos años de prisión, respectivamente.
El Tráfico de Influencias, delito contenido en los artículos 265 y 266 del Código Penal, lo comete el particular que influyere en un servidor público valiéndose de cualquier situación derivada de su relación personal para tramitar un negocio o conseguir una resolución que le pueda generar directa o indirectamente, un beneficio económico para sí o para un tercero.
Cabe destacar que el Juez de Control reclasificó el delito de peculado por el que se les formuló imputación a tráfico de influencias derivado de la causa penal 1841/17 y estableció cuatro meses para el cierre de investigación.
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